acuerdo antenupcial

sustantivo

Definición legal de acuerdo antenupcial

: un acuerdo realizado entre una pareja antes de casarse en el que renuncian a los derechos futuros sobre la propiedad del otro en caso de divorcio o muerte

- llamado también acuerdo prenupcial

Más información sobre acuerdo antenupcial

cite esta entrada

"Acuerdo de antena" diccionario jurídico de Meaning88.com , es decir 88, http://www.meaning88.com/legal/antenuptial%20agreement. Consultado el 20 de septiembre de 2020.

Comentarios sobre acuerdo antenupcial

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