cláusula de par o conjunto

sustantivo

Definición legal de cláusula de par o conjunto

: una provisión en una póliza de seguro que le da al asegurador la opción en caso de pérdida de menos de todos los elementos en un conjunto de restaurar el conjunto a su valor antes de la pérdida o pagar la diferencia entre el valor antes y después de la pérdida

Más información sobre cláusula de par o conjunto

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“Cláusula de emparejar o configurar” diccionario jurídico de Meaning88.com , es decir 88, http://www.meaning88.com/legal/pair-or-set%20clause. Consultado el 19 de septiembre de 2020.

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