relator

sustantivo
re · la · tor | \ rē-ˈlā-tər \

Definición legal de relator

: una parte distinta del demandante sobre cuya información, conocimiento o relación de hechos se entabla una acción cuando el derecho a iniciar la acción se confiere a otra persona: como
a : la persona privada que presenta una acción qui tam
b : una parte que está legitimada y en cuyo nombre el estado solicita una orden judicial como de mandamus como demandante relator luego presentó ... una petición de prohibición solicitando a este tribunal que prohíba a los demandados transferir los fondos - Estado ex rel. Tate v. Turner , 789 SW2d 240 1990 - ver también ex relación

Más información sobre relator

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"Relator" diccionario jurídico de Meaning88.com , es decir 88, http://www.meaning88.com/legal/relator. Consultado el 24 de septiembre de 2020.

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